Trabajos aéreos.- Volar con responsabilidad.

Está prohibido (para aeronaves con un peso inferior a 25 kilos al despegue) y siempre en entornos abiertos (si lo hacemos completamente a cubierto estas prohibiciones no nos afectan) para uso comercial según la ley en vigor, que data del 17 de octubre de 2014.

No vamos a enumerar todos los casos y situaciones, simplemente poner algunos ejemplos de lo que está prohibido, porque tanto para los pilotos como para las empresas resulta muy interesante conocer las limitaciones y a diario se pueden observar auténticas barbaridades en los cielos producto, en ocasiones, del desconocimiento y, en otras, de la mala fe.

Los drones como hobby.

 

AESA Hobby

Procedimiento para habilitarse como Operador de RPAS

Los procedimientos de presentación de la documentación para los futuros operadores de RPAS han sido modificadas en la web de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

Estas modificaciones consisten en que:

¿Qué se puede hacer con un dron con la actual regulación en España?

Actualmente se pueden utilizar drones para realización de trabajos aéreos como son:

  • actividades de investigación y desarrollo;
  • tratamientos aéreos, fitosanitarios y otros que supongan esparcir sustancias en el suelo o la atmósfera, incluyendo actividades de lanzamiento de productos para extinción de incendios;
  • levantamientos aéreos;
  • observación y vigilancia aérea incluyendo filmación y actividades de vigilancia de incendios forestales; publicidad aérea, emisiones de radio y TV,
  • operaciones de emergencia, búsqueda y salvamento;
  • y otro tipo de trabajos especiales no incluidos en la lista anterior.

Aunque en un primer momento, y hasta que no esté aprobada la reglamentación definitiva, las operaciones que se pueden realizar se limitan a zonas no pobladas y al espacio aéreo no controlado.